SANTO DOMINGO-. Desde la publicación de nuestro artículo del 4 de febrero de 2021 “¿Cómo limpiar tu historial crediticio?” he recibido numerosos emails de personas, que me han manifestado que han sido garantes de otras personas, y que su historial crediticio les fue afectado porque la persona a la cual le sirvió de garante solidario no pagó su obligación crediticia, por lo tanto, han tenido problemas para acceder al crédito del sector financiero formal.
Otros lectores me han manifestado que después de haber pagado sus deudas, la cual fue cobrada por el área legal del banco o una firma de abogados, aún su historial crediticio sigue presentando esa información negativa, por lo que, desean saber cuánto tiempo esperar y cómo hacer para que le eliminen esa información.
En este artículo, presento informaciones claves y los riesgos que se derivan de ser garante solidario de un préstamo; los derechos que te otorga la Ley de Protección de Datos Personales con relación a tu historial crediticio, en caso de que a la persona que le serviste de garante no honre sus obligaciones de pago; y qué hacer como garante solidario en caso de que el titular de la deuda no honre su compromiso con la entidad bancaria.
- ¿Qué es ser un garante de un préstamo o garante solidario?
Ser garante constituye un acto de confianza hacia un amigo, un familiar o un tercero. El garante es la persona o avalista que responde por el total de la deuda de igual forma que el titular del préstamo, es decir, que en caso de impago por parte del prestatario, la entidad de intermediación financiera reclamará el pago al avalista por el total de la deuda, quien estará obligado a pagar sin ninguna condición.
Como garante, debes conocer la finalidad de la deuda, el tipo de deuda, los términos de ésta y el motivo por el cual el titular necesita recurrir a ella. Es importante que comprenda las obligaciones legales y financieras. También, debes leer cuidadosamente el contrato del préstamo y asegurarte de conocer cuándo te cobrarán la deuda, si el titular deja de pagar.
- ¿Cuáles son los riesgos que asumes cuando eres garante de una deuda?
Cuando eres garante de un préstamo asumes obligaciones legales, lo que implica que, a falta de pago del deudor, el acreedor, en este caso la entidad bancaria, te reclamará la deuda del deudor, no sólo el capital, sino también los intereses, moras y costas legales. Legalmente, como garante te subrogas en todos los derechos que tenía el acreedor o la entidad bancaria sobre el deudor.
Esto significa que reemplazas o sustituyes al deudor en todas sus obligaciones y la entidad tiene derecho a cobrarte, ya que eres igualmente responsable de la deuda.
Ser garante solidario de un tercero, no es sólo hacer un favor y estampar tu firma, tiene consecuencias legales que podrían ser graves y hasta poner en riesgo tu patrimonio y el de tu familia, debido a que te comprometes legalmente a pagar la deuda de ese familiar, amigo, compañero de trabajo o un tercero.
Una firma de abogados, actuando en representación de la entidad bancaria, te puede embargar tus cuentas de ahorros o corrientes, inversiones financieras, bienes, vehículos o propiedades que tengas, para cobrarte la deuda de ese tercero, de la cual te hiciste responsable.
- ¿En cuales casos los bancos piden a un potencial deudor traer un garante?
-La mayoría de las veces, se da el caso de que un deudor no tiene antecedentes financieros que avalen que pueda pagar una deuda de manera responsable.
-Otras veces, el deudor tuvo problemas de pago en una entidad bancaria, y el banco que le quiere prestar tiene dudas respecto a si puede caer en incumplimiento nuevamente.
-En algunos casos, el deudor no puede demostrar al banco que tiene la capacidad de pago o genera los ingresos mensuales suficientes para honrar su potencial obligación crediticia.
-En los casos de créditos educativos para estudiantes, el deudor-estudiante necesita que un familiar o un tercero se responsabilice de la deuda, en caso de que el estudiante al final de sus estudios no pague la deuda contraída para financiar sus estudios universitarios.
- ¿Cuándo eres garante, esa deuda se refleja en tu historial crediticio?
El artículo 68 de la Ley No. 172-13, sobre Protección de Datos Personales, indica que está prohibido a las Sociedades de Información Crediticia (SIC) publicar en los reportes de un garante o fiador las informaciones de los titulares de la deuda, de tal modo que el incumplimiento de pago del deudor no perjudique el estatus crediticio del garante o del fiador, ni afecte negativamente el score de crédito o puntaje de crédito de éste.
De igual manera, en los reportes de consultas crediticias de la Central de Información Financiera de la Superintendencia de Bancos, no se revelan las informaciones de los garantes solidarios.
Conforme a la referida Ley, las informaciones de los garantes de la deuda, deben ser exclusivas para los procesos legales que requiera ejecutar el acreedor.
- Entonces ¿Por qué un garante puede ser afectado en su historial crediticio por el incumplimiento del titular de la deuda?
La Ley No. 172-13, sobre Protección de Datos Personales, cita que los aportantes de datos serán los responsables de dar estricto cumplimiento al artículo 68, no obstante a que las Sociedades de Información Crediticia (SIC) colecten y procesen dichas informaciones para los fines de cuadrar las cuentas asociadas a los créditos. Si un titular, garante o fiador se ve afectado por el incumplimiento de este artículo deberá acogerse al procedimiento de reclamación especificado en esa ley.
Eso significa que nadie puede publicarte en tu historial crediticio una deuda en la que eres o fuiste garante. Si esto sucede, debes ir a la Sociedad de Información Crediticia y abrir una reclamación para que te eliminen esa información que está afectando tu historial o score crediticio.
El banco no puede afectar tu historial crediticio cuando eres garante de una deuda, lo que sí puede hacer, es accionar de manera legal por la responsabilidad que asumiste de pagar esa deuda en caso de que el deudor titular no honrase su compromiso con el préstamo tomado.
- ¿Qué pasa cuando el titular de la deuda paga el préstamo a los abogados o al área de cobro legal de la entidad bancaria?
Conforme la citada Ley sobre Protección de Datos Personales, si un titular de la información paga la totalidad de un crédito que haya estado en estatus legal o incobrable y se cierra o cancela definitivamente, el aportante de datos, es decir, la entidad bancaria, deberá reportar al buró de créditos las informaciones concernientes a la cancelación de dicho crédito. De este modo, después de transcurridos doce meses a partir de la fecha de cancelación, el buró de créditos no publicará en el historial de dicho crédito las leyendas “Legal” o “Incobrable”, no obstante a que su puntaje de crédito se pueda ver afectado.
- ¿Qué hacer como garante cuando el titular de la deuda deja de pagar?
Si recibiste una notificación, sabes que asumiste una responsabilidad de dar la cara, en caso de que el titular incumpliera su compromiso de pago esa deuda. Preséntate a la entidad bancaria o a la firma de abogados, evita un proceso legal y trata de negociar un acuerdo de pago que te sea posible cumplir con la entidad bancaria o la firma de abogado.
- ¿Qué puede hacer la Superintendencia de Bancos a favor de los garantes solidarios?
Le sugeriría realizar un análisis de los créditos que tienen o han tenido un aval de un garante o fiador solidario, revisar aquellos que han sido castigados y los que solo entraron en cobranza judicial, para verificar si al garante solidario se le ha reportado la deuda del titular, incumpliendo el artículo 68 de la Ley de Protección de Datos Personales.
Con este análisis, la institución realizaría un aporte significativo a la protección de aquellos usuarios que han visto afectado su historial crediticio por servir de garantes. De igual forma, sugiero trabajar de manera cercana y coordinada con las Sociedades de Información Crediticia, en el seguimiento del cumplimiento de la Ley No. 172-13, sobre Protección de Datos Personales.